El Abogado de Familia deberá preservar la libertad y la vida íntima personal y familiar del cliente, convirtiéndose en custodio de las mismas, por lo que el secreto profesional y la confidencialidad se revelan como deberes/derechos trascendentales e inalienables, estando obligado a no defraudar la confianza de su cliente y a no defender intereses en conflicto con los de aquél.
El Abogado de Familia es libre deasumir la dirección de un asunto, siempre que esté capacitado para asesorar y defender de una forma real y efectiva, pudiendo en consecuencia, cesar en la defensa jurídica cuando no desee continuar en ella. Así mismo podrá valerse de otros colaboradores, sean o no abogados, para llevar a mejor fin el trabajo encomendado y que asumirán las mismas obligaciones expresadas en el párrafo anterior.