La prensa escrita ha sido sin duda el hábitat natural de la libertad de información y con ello hay que reconocer que es el instrumento básico para la formación de la opinión pública en los países democráticos. Por ello, si alguien quisiera en un momento histórico calibrar el estado de la opinión pública de un país acudiría a las hemerotecas y los diarios.
Ahora no diferenciamos por soporte, por su funcionalidad informativa. sino que la diferencia de otros medios se establece por la calidad de la fuente, no tanto si es un soporte digital o papel. La prensa es el medio de comunicación con respecto a otros en el que su función principal es la de informar. La función de informar en la prensa destaca frente a otros medios. Incluso en radio y tele a día de hoy los contenidos de ocio e informativos se mezclan, teniendo incluso menos peso los informativos.
El marco legal en que nos movemos es el de derecho a la información y la libertad de prensa. Se reconoce el derecho fundamental a la información, y también en nuestro ordenamiento jurídico a la libertad de prensa. Hoy en día en nuestro ordenamiento jurídico se puede hablar de una necesidad de control pero no como en la etapa anterior. Debe persistir ese derecho a la información y esa libertad de prensa. La palabra control es tal en la medida de preservar para cumplir la ley el derecho a la información y la libertad de prensa. En el momento en que una de estas dos figuras falla, falla la otra. Si te falla la libertad de prensa, si no hay un control, entendiendo esto por el hecho de asegurar que se respeta, automáticamente falla el derecho fundamental de informar y viceversa. Ese control es el que se ejerce para preservar que funciona, que se reconozca no solo en la teoría, sino también en la práctica.