En cumplimiento de los principios de lealtad, respeto mutuo y confidencialidad de las conversaciones y negociaciones entre abogados, el Abogado de Familia se abstendrá de divulgar o someter a los Tribunales las propuestas de arreglo amistoso hechas por la parte contraria o su abogado, sin autorización expresa de aquélla. Habida cuenta de que las situaciones de conflicto que se generan en el ámbito familiar requieren de una rápida respuesta de los órganos jurisdiccionales, el Abogado deberá contribuir con especial énfasis a la diligente tramitación de los procedimientos de conformidad con la ley, evitando la dilación innecesaria de los mismos.
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