Pese a que el Estatuto General de la Abogacía no reconoce las distintas especialidades del ejercicio del derecho, lo cierto es que estas existen y así viene siendo reconocido por nuestra legislación al crear Juzgados especializados con competencias exclusivas en diferentes materias. Si, como establece el Preámbulo del Código Deontológico de la Abogacía Española aprobado por Real Decreto de 658/2001 de 22 de junio, la función social de la Abogacía exige establecer unas normas deontológicas para su ejercicio, estas son aún más necesarias, si cabe, en el ejercicio de la abogacía en el ámbito del Derecho de Familia. El despacho de Arona (Tenerife), Lapeña & De Benito, bufete de abogados informa de noticias relacionadas con el Derecho.