Abogados Arona | Lapeña & De Benito | 922 79 63 94
  • Inicio
  • Equipo
  • Áreas del derecho
  • Contacto
  • ¡Consulte On line!

Conductas perjuiciosas para el honor que constituyen delito

abril 24, 2016L&Bblog de despacho de abogados Arona

delitos contra el honorEste tipo de conductas perjuiciosas para el honor no solamente tienen consecuencias de responsabilidad civil, sino que además incurren en el derecho penal. Los dos delitos más habituales a este respecto son el delito de injurias y el delito de calumnias, en este artículo nos centraremos en saber y cómo actuar ante el primer de ellos.

Delito de Injurias

El código penal establece que se incurre en injurias (artículo 208 del Código Penal) quién mediante acciones o expresiones lesione la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Pueden ser acciones o expresiones como pegar carteles o escribir algún tipo de comentario en internet, y tienen que producir una lesión “menoscabando su fama”. Tiene que ser una acción que perjudique con suficiente peso/entidad por sí misma que produzca este resultado.

No puede ser solo un indicio, sino que tiene que haber una entidad suficiente porque si no no será constitutivo de delito, se podría exigir una reparación civil, pero no habrá una responsabilidad penal.

Un ejemplo al respecto puede ser un médico que tiene unos pacientes, mediante unas noticias falsas hay acciones que pueden afectar a su reputación, este hecho se puede denunciar. Se tienen que descubrir los hechos y acreditar qué pruebas tienes de esos hechos. Una vez se presenta la denuncia va a haber una instrucción, se va a investigar y el abogado va a ir armando el caso. Cuanto más se pueda probar la reputación de una persona luego se podrá alegar que el daño es más válido.

El delito de injurias se puede cometer bien a través de actos físicos que afecten gravemente a la propia estimación y a la imagen como también a través de informaciones o afirmaciones. En estos supuestos, si el acusado puede probar la veracidad de la expresión no se le exigen responsabilidades. El delito de injurias y el delito de calumnias está concebido como un delito doloso, es decir, que se tiene intención de crear ese resultado, dañar la reputación (los delitos culposos son aquellos en los que no hubo intención de dañar).

Etiquetas: abogado arona, abogado civil arona, abogado civil tenerife, abogado reputacion, abogado tenerife, delito de calumnias, delito de injurias, delitos contra el honor, derecho al honor, despacho de abogados arona, despacho de abogados tenerife

Entradas relacionadas

Vulneración del derecho al honor

marzo 20, 2016L&B

El derecho al honor

enero 10, 2016L&B

Introducción al marco legal de la prensa

diciembre 8, 2015L&B

Entradas recientes

  • Patria potestad: ¿Qué es, cuándo se extingue?
  • ¿Uno o dos abogados en mi divorcio?
  • Impago de la pensión alimenticia ¿qué efectos tiene?
  • Divorcio con hijos, custodia y vacaciones
  • Impuestos y herencias. Todo lo que necesitas saber

Contacto

Avda. Antonio Domínguez 11, Resid. El Camisón Bloque 8-3 1ºD
922 79 63 94
922 79 68 37
abogados@abogadosdetenerife.com
Tel.: 922 79 63 94
Fax: 922 79 68 37
Correo electrónico: abogados@abogadosdetenerife.com
Política de privacidad de este sitio web
Leer avisos legales
Abogados Arona
Avda. Antonio Domínguez 11, Resid.
El Camisón Bloque 8-3 1ºD

Arona · 38660 Tenerife

922 79 63 94

abogados@abogadosdetenerife.com

RSS Derecho Tenerife

  • El CGPJ advierte de que la tramitación sin audiencia de ningún tipo de la reforma que limita sus funciones no respeta la separación de poderes
  • La mediación es diez veces más ágil y sustancialmente más económica que la litigación judicial
  • Blas A. González nombrado miembro del Comité de Cumplimiento de Buenas Prácticas de la Asociación Profesional de Administradores Concursales
  • Comunicado del CGPJ en el Día Europeo de la Mediación
  • Más de 175 empresas se comprometieron con la propiedad intelectual de la prensa en 2020
Diseñado por óptimaWeb
Agencia de Posicionamiento Web en Zaragoza