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Certificado de Últimas voluntades todo lo que tienes que saber.

abril 10, 2017L&Bblog de despacho de abogados Arona

En nuestros últimos artículos abordamos el tema de los testamentos, las herencias y los trámites necesarios para acceder a los bienes del fallecido. Hoy te contamos lo que necesitas saber sobre el Certificado de Últimas Voluntades muy importante en este proceso.

¿Qué es este Certificado?

Certificado de Últimas voluntades Se trata del documento que debemos pedir para saber si el fallecido ha dejado testamento o no. Es decir, El Certificado de Últimas Voluntades, acredita que la persona que nos ha dejado redactó un testamento que ha sido posteriormente aceptado ante notario. Solo así, los herederos podrán tener acceso al mismo y realizar el resto de acciones necesarias.

Como vemos, el Certificado de Últimas Voluntades no se trata del testamento como tal. Suele ser una duda muy común entre los clientes y es importante diferenciarlos para evitar equivocaciones.

¿Dónde consigo el Certificado de Últimas Voluntades?

El acceso a este documento se puede tramitar de diversas maneras. Gracias a las nuevas tecnologías, es posible hacerlo desde casa a través de Internet. Es muy sencillo, solo debes pedir el formulario 790 una ves hayas entrado a la web del Ministerio de Justicia.

Si prefieres hacerlo de manera presencial, solo tienes que acudir a las oficinas de cualquier Gerencia Territorial, en el Registro Civil o en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.

Requisitos para pedir este Certificado

Cualquiera podrá acceder a este tipo Certificado si aporta la documentación necesaria que es la siguiente:

  • Entregar el impreso Modelo 790 que hemos comentado anteriormente.
  • Certificado de Defunción (original o copia compulsada, fechada y con el nombre de los padres del fallecido). Desde 2009 no es obligatorio presentar este documento para fallecimientos posteriores a dicha fecha, y sirve el D.N.I en la mayoría de los casos.
  • Abonar las tasas. Las formas de pago son diversas, y las puedes encontrar en la página del Ministerio de Justicia.

Plazo para pedir el documento.

Para poder acceder al Certificado de Últimas Voluntades, se debe solicitar una vez transcurridos 15 días desde la defunción.

En el caso de que se haga desde el extranjero, hay otras condiciones y documentos a aportar, si necesitas más información, no dudes en confiar en Abogados Arona. Te asesoramos de manera personalizada en temas complicados como este. Llámanos ya sin compromiso.  

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